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domingo, 2 de marzo de 2014

En Gaceta Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos

La Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.126, que circula este lunes 24 de febrero, publicó el Decreto Presidencial N° 798, mediante el cual se oficializa la Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos.
Esta ley establece las disposiciones generales que regirán el sistema cambiario y los supuestos considerados ilícitos para la adquisición de divisas en el país. Asimismo, la normativa obliga a las personas naturales y jurídicas que importen, exporten, ingresen o egresen divisas hacia o desde el territorio nacional por un monto superior a los USD 10 mil (o su equivalente en otra moneda extranjera) a declarar ante el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex).

Sobre el origen de las divisas, la regulación obliga a todas las personas naturales y jurídicas que posean establecimientos comerciales de bienes y servicios, que hayan sido adquiridos con divisas autorizadas por Cencoex, a colocar un anuncio visible al público indicando cuáles de esos productos fueron adquiridos mediante el uso de divisas otorgadas por la autoridad cambiaria, precisa finanzasdigital.com.

Asimismo, quedarán exentas de la obligación de declarar bajo lo establecido en esta ley: La República, cuando actúe a través de sus órganos; Petróleos de Venezuela (PDVSA), en lo que concierne a sus régimen especial de administración de divisas previsto en la Ley del Banco Central de Venezuela y las empresas constituidas para desarrollar cualquier actividad establecida por la Ley Orgánica de Hidrocarburos.

Fuente:
http://www.descifrado.com/2014/02/finanzas/circula-en-gaceta-el-sicad-2/ 


Como nota independiente, en ninguna parte de la nueva ley indica como ilicito mostrar al publico en general la cotizacion diaria del precio del dolar paralelo que se mueve dentro de la Republica Bolivariana de Venezuela, por ese motivo, nace este blog, para que las personas accedan a esta informacion.





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